La solicitud no pierde novedad si es divulgada por el solicitante, inventor, agente o un tercero o agencia estatal que haya obtenido información de las personas antes mencionadas dentro de los 6 meses anteriores a la fecha de presentación/fecha de prioridad.
Vía PCT: 31 meses a partir de la primera fecha de prioridad (este período puede restablecerse: (i) 2 meses después de que hayan cesado los factores que impiden que el solicitante presente una solicitud de entrada en la fase nacional; o (ii) cuando una solicitud de entrada en la fase nacional puede presentarse dentro de los 12 meses posteriores al final de los 31 meses);
Ruta del Convenio de París: 12 meses a partir de la primera fecha de prioridad (la prioridad no se puede restaurar);
Vía PCT: 31 meses a partir de la primera fecha de prioridad (este período puede restablecerse: (i) 2 meses después de que hayan cesado los factores que impiden que el solicitante presente una solicitud de entrada en la fase nacional; o (ii) cuando una solicitud de entrada en la fase nacional puede presentarse dentro de los 12 meses posteriores al final de los 31 meses);
Ruta del Convenio de París: 12 meses a partir de la primera fecha de prioridad (la prioridad no se puede restablecer);
No
Colombia no cobra honorarios de oficial de licencias y cuotas anuales
La solicitud no pierde novedad si es divulgada por el solicitante, inventor, agente o un tercero o agencia estatal que haya obtenido información de las personas antes mencionadas dentro de los 6 meses anteriores a la fecha de presentación/fecha de prioridad.
No
No
Colombia no cobra honorarios de oficial de concesión. La primera tasa anual después de la concesión de la patente debe pagarse antes del último día del mes correspondiente a la fecha de presentación internacional. Los aplazamientos son posibles dentro del período de gracia de 6 meses, sujeto a cargos por pagos atrasados
Colombia no cobra honorarios de oficial de concesión. La primera tasa anual después de la concesión de la patente debe pagarse antes del último día del mes correspondiente a la fecha de presentación internacional. Los aplazamientos son posibles dentro del período de gracia de 6 meses, sujeto a cargos por pagos atrasados
10 años