Reseña prioritaria del álbum Track ONE (V) en EE. UU.: Pasos y notas clave tras la reseña prioritaria del álbum Track ONE

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Mantener un estatus especial y asegurar una tramitación rápida y continua en el programa Track One es el sueño de todo solicitante de patente. Sin embargo, es fundamental comprender y aplicar las normas específicas y los detalles procesales de este proceso para evitar rechazos o retrasos innecesarios. Pequeños errores de tramitación pueden provocar la cancelación del estatus o de las solicitudes, por lo que los solicitantes deben garantizar la integridad y el cumplimiento normativo de sus documentos.

Si a una solicitud de patente de invención se le concede un estatus especial bajo el programa Track One, ¿mantendrá siempre ese estatus?

  • El estatus especial proporcionado por el programa Track One se mantendrá hasta que ocurra una de las siguientes situaciones:
    • El solicitante presentó una solicitud de prórroga en su respuesta.
    • El solicitante presentó una solicitud enmendada para incluir más de 4 reivindicaciones independientes, 30 reivindicaciones en total o múltiples reivindicaciones dependientes.
    • El solicitante presentó una RCE
    • El solicitante presenta un aviso de apelación
    • El solicitante presenta una solicitud de suspensión
    • La USPTO emite un aviso de concesión
    • La USPTO emite una opinión oficial final (Final OA)
    • Solicitud abandonada
    • La revisión se ha completado según se define en 37 CFR 41.102

¿Cuál es el tiempo promedio que lleva obtener una solicitud de patente bajo el examen de prioridad de la Vía Uno?

  • El objetivo de la USPTO es recibir los resultados del examen final de las solicitudes de patentes de utilidad dentro de un promedio de 12 meses desde el momento en que se conceden las solicitudes de Track One.

Por ejemplo, si una solicitud de patente de invención y una solicitud de Track One se presentan a través del sistema electrónico de patentes, pero se omite accidentalmente un elemento, ¿se puede presentar el elemento faltante más tarde a través de procedimientos posteriores y aún así participar en Track One?

  • Sí, siempre que la solicitud de patente de utilidad y la solicitud de examen prioritario se presenten el mismo día para garantizar que todos los elementos necesarios de hecho “existan al momento de la presentación”, como lo exige 37 CFR 1.102(e)(1).
  • Por ejemplo, si se omite accidentalmente la tasa de solicitud al presentar la solicitud a través del Sistema Electrónico de Patentes, esta puede abonarse directamente mediante una presentación posterior el mismo día de la presentación. Se recuerda a los solicitantes que solo los usuarios registrados del Sistema Electrónico de Patentes pueden presentar documentos posteriores a través del sistema; estos documentos se presentan después de la presentación inicial de la solicitud. Por lo tanto, los solicitantes deben estar registrados en el Sistema Electrónico de Patentes para poder presentar dichos documentos posteriores el mismo día de la presentación de la solicitud.

Si presento una solicitud con una solicitud de la Vía Uno y recibo una notificación previa al examen que indica la falta de elementos u otros problemas formales en la solicitud original, ¿esto afectará la solicitud de la Vía Uno? ¿Puede el solicitante solicitar una prórroga para responder a la acción de la oficina?

  • Las solicitudes de examen prioritario se tramitarán una vez que la solicitud de patente de utilidad cumpla con todos los requisitos formales y esté lista para su examen. Por lo tanto, cualquier notificación previa al examen retrasará la decisión sobre la solicitud de la Vía Uno hasta que el solicitante haya respondido a la notificación previa al examen de forma completa y oportuna. La notificación previa al examen generalmente especifica una fecha límite de respuesta, y cualquier demora en responder a dicha notificación resultará en la pérdida de la elegibilidad para el programa de la Vía Uno.
  • Las situaciones comunes que pueden provocar que una solicitud no esté lista para su examen incluyen:
    • La solicitud no cumple con 37 CFR 1.52 y carece de una descripción en inglés.
    • No pagar oportunamente las tarifas por reclamos en exceso.
  • Estos elementos incorrectos o faltantes retrasarán la decisión sobre la solicitud de examen prioritario, pero no darán lugar al rechazo de la solicitud.

Si se presenta una enmienda preliminar a una solicitud que ya contiene una solicitud de la Vía Uno, ¿resultará la enmienda el rechazo de dicha solicitud? Si se aprueba la solicitud de enmienda voluntaria, ¿se cancelará el estatus especial bajo examen prioritario?

  • Si el solicitante presenta una solicitud de examen prioritario y una enmienda voluntaria al mismo tiempo al presentar la solicitud, siempre que la enmienda no haga que la solicitud tenga más de 4 reivindicaciones independientes y el número total de reivindicaciones no exceda las 30 reivindicaciones o múltiples reivindicaciones dependientes, entonces la enmienda voluntaria no conducirá al rechazo de la solicitud de Track ONE ni a la terminación del procedimiento de Track ONE.

Si presento una Declaración de Divulgación de Información (IDS) con una solicitud que incluye una solicitud de Vía Uno, ¿eso provocará que se rechace la solicitud de Vía Uno?

  • No. Presentar una Declaración de Divulgación de Información (IDS) junto con una solicitud no resultará en el rechazo de una solicitud de Track ONE ni en la terminación del Examen Prioritario.

Presenté una solicitud de la Vía Uno simultáneamente con mi solicitud de patente de invención y posteriormente recibí una notificación de acción oficial o preexamen, pero el solicitante no pudo responder antes de la fecha límite. Si solicito una prórroga o una suspensión, ¿afectará mi solicitud o estado de la Vía Uno?

  • Sí. Cualquier solicitud de extensión o suspensión de una solicitud de Track One que aún no haya sido decidida dará lugar a la denegación de la solicitud de Track One.
  • En el caso de las solicitudes aprobadas de la Vía Uno, cualquier solicitud de este tipo dará por terminado el estado de la Vía Uno. Incluso si se da por terminado el estado de la Vía Uno, dichas solicitudes se procesarán según lo especificado en el MPEP 708.02(b)(II).

Si se rechaza una solicitud de examen prioritario de la Vía UNO y el solicitante considera que el rechazo es inapropiado, ¿puede presentar una apelación administrativa?

  • Si un solicitante considera que la decisión de rechazar una solicitud de examen prioritario fue inapropiada, puede presentar una solicitud de reconsideración de conformidad con el Título 37 del Código de Reglamentos Federales (CFR), Sección 1.181. Antes de presentar una solicitud conforme al Título 37 del CFR, Sección 1.181, es importante revisar las razones específicas del rechazo para determinar si este pudo haber sido erróneo.

Mi solicitud de revisión prioritaria de Track ONE fue rechazada. ¿Puedo solicitar un reembolso?

  • Si se ha pagado una tarifa de examen prioritario, la USPTO reembolsará automáticamente la tarifa en caso de denegación de la solicitud de examen prioritario de conformidad con 37 CFR 1.17(c); el solicitante no necesita presentar una solicitud de reembolso por separado.
  • La tarifa de tramitación del examen prioritario, de conformidad con el Título 37 del Código de Reglamentos Federales (37 CFR 1.17(i)(1), se retendrá para cubrir los costos de tramitación de la solicitud. Si la tarifa de publicación no es cero y la solicitud no se publica de conformidad con el Título 35 del Código de los Estados Unidos (35 USC 122(b), el solicitante podrá solicitar el reembolso de la tarifa de publicación de conformidad con el Artículo 1126 del MPEP.
  • En el caso de una solicitud de la Vía Uno presentada junto con una solicitud original rechazada, el solicitante también puede solicitar el reembolso de la tasa de búsqueda y cualquier tasa de reivindicaciones en exceso antes del examen de la solicitud, presentando una solicitud de abandono. La tasa básica de presentación, la tasa de examen y cualquier tasa sustantiva requerida no son reembolsables cuando se solicita el abandono. Sin embargo, la USPTO puede considerar el reembolso de la tasa de búsqueda y/o las tasas de reivindicaciones en exceso si la solicitud de reembolso se presenta simultáneamente o dentro de los dos meses posteriores a la fecha de presentación de la solicitud que declara el abandono.
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