Una interpretación exhaustiva de las nuevas normas de registro de diseños de la UE revela el futuro de la protección de los diseños en la era digital

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De acuerdo con el artículo 14 del Reglamento (CE) 2024/2822 y las directrices conexas, las personas físicas o jurídicas de cualquier país pueden presentar una solicitud de patente de diseño de la UE. Los derechos del diseño de la UE pertenecen al diseñador o a sus sucesores. Si dos o más personas desarrollan un diseño conjuntamente, los derechos del diseño son de titularidad conjunta. Si un diseño es desarrollado por un empleado en el ejercicio de su profesión o siguiendo instrucciones de su empleador, los derechos del diseño pertenecen a este último, salvo acuerdo en contrario o disposición legal nacional en contrario.

Alcance de la protección

Si un diseño no se ha divulgado antes de la fecha de solicitud o de prioridad, y el diseño tiene características individuales y la impresión general en los usuarios informados es diferente de los diseños divulgados previamente, es decir, tiene novedad y singularidad, puede autorizarse y protegerse. Un diseño divulgado dentro de los 12 meses anteriores a la fecha de solicitud o de prioridad se considerará divulgado. Si el diseño se divulga a un tercero bajo condiciones de confidencialidad o se divulga debido a un abuso por parte del diseñador o sus sucesores, no se considerará divulgado. El artículo 7(2)(b) del EUDR establece un período de gracia de 12 meses antes de la fecha de solicitud o de prioridad de un diseño de la Unión Europea, durante el cual el diseño no se considerará divulgado. El período de gracia comienza a partir de la fecha en que se divulgó el diseño por primera vez .

En abril de 2020, la Red Europea de Propiedad Intelectual publicó una circular sobre los criterios para la evaluación de las divulgaciones de diseños en internet. Si bien estas circulares no son jurídicamente vinculantes, ofrecen orientación a la EUIPO y a los Estados miembros de la UE. Las circulares identifican una serie de criterios para la evaluación de las divulgaciones de diseños en internet:

  • Fuentes comunes de Internet para la divulgación de diseños: sitios web, aplicaciones, correo electrónico y uso compartido de archivos
  • Divulgación de datos relevantes
  • Evidencia obtenida de Internet: impresiones, capturas de pantalla, imágenes y videos, metadatos, URL e hipervínculos y declaraciones escritas

El Reglamento de la UE, actualizado el 23 de octubre de 2024, establece que el «diseño» se refiere a las características de la apariencia de un producto, ya sea total o parcial, incluyendo líneas, contornos, colores, formas, texturas o materiales, ya sea en forma física o inmaterial. También incluye:

  • Embalajes, conjuntos de artículos, disposiciones espaciales destinadas a formar ambientes interiores y exteriores y piezas utilizadas como componentes de productos compuestos
  • Obras gráficas o símbolos, logotipos, patrones de superficie, fuentes e interfaces de usuario
  • Las definiciones actualizadas de “producto” y “diseño” se han ampliado para incluir el diseño digital y no físico.
  • La nueva normativa también menciona la impresión 3D, que implica "crear, descargar, copiar y compartir o distribuir software o medios que registran diseños con el fin de fabricar productos".
  • El artículo 3 del Reglamento de la UE define un producto complejo como «un producto compuesto por varios componentes reemplazables que permiten desmontarlo y volver a montarlo». Por lo tanto, los componentes de un producto complejo están protegidos si son visibles durante su uso normal y cumplen los requisitos de novedad y singularidad. Los trabajos de mantenimiento, servicio o reparación no se consideran «uso normal».

Si la apariencia de un producto está determinada únicamente por su función técnica o por ciertos diseños interconectados de formas y tamaños específicos, no puede protegerse como diseño de la UE, como las bujías o los tubos de escape de los automóviles. Con el nuevo mecanismo de repuestos, las piezas utilizadas para restaurar la apariencia original de un producto no están protegidas.

Según el nuevo reglamento, los Estados miembros de la UE deben incorporar el mecanismo a su legislación nacional antes del 9 de diciembre de 2027. Los diseños de piezas de repuesto protegidos antes del 8 de diciembre de 2024 seguirán estando protegidos a nivel de Estado miembro durante otros ocho años.

La nueva reforma del diseño de la UE introduce un sistema de tasas simplificado a partir del 1 de mayo de 2025. La tasa oficial se divide en dos partes:

  • Tarifa de inscripción: 350,00 € por el primer diseño, 125,00 € por cada diseño adicional en la misma solicitud
  • Solicitud de publicación diferida: 40,00 € por el primer diseño, 20,00 € por cada diseño adicional en la misma solicitud (no se requiere tasa de publicación para la publicación diferida. Si el solicitante no desea publicar el diseño, debe renunciar expresamente a su derecho a hacerlo tres meses antes de que finalice el plazo máximo de publicación diferida. En caso contrario, la EUIPO publicará automáticamente el diseño).
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