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La Oficina Brasileña de Patentes emitió la Resolución nº 20, que modifica los procedimientos de registro de transferencia de derechos, cambio de nombre/razón social, cambio de dirección y garantía o prenda de cualquier naturaleza por parte de los titulares de derechos de patente, y entrará oficialmente en vigor el 13 de octubre de 2024.
Patentes involucradas:
- El representante legal que suscriba el documento de cesión deberá adjuntar certificado de cesión de derechos.
- El cambio de domicilio deberá ir acompañado de una declaración del propietario o su representante en la que consten los detalles del cambio de domicilio.
- Los documentos que acompañan la solicitud podrán ser firmados digitalmente mediante certificado emitido por el ICP-Brasil, pudiendo también aceptarse otros métodos de autenticación digital contemplados en la reglamentación específica del BPTO.
- Los documentos firmados digitalmente provenientes de fuentes extranjeras están exentos de notarización, autenticación o apostilla.
- Todo documento en idioma extranjero deberá ir acompañado de su correspondiente traducción al portugués, sin necesidad de declaración jurada del traductor.
Respecto de las marcas:
- Para empresas extranjeras, si el firmante es un representante autorizado o abogado, se requiere un certificado de transferencia de derechos firmado por ambas partes.
- Las empresas nacionales brasileñas deben presentar el estatuto constitutivo brasileño para comprobar el cambio de dirección. Las empresas extranjeras únicamente podrán utilizar una declaración de cambio de dirección.
- Para las firmas digitales, puede considerar el uso de un certificado digital emitido por ICP-Brasil.
- No se requiere notarización ni certificación para transferencia o cambio.
- Sólo una traducción simple.
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